Page 25 - Revista Febrero 2021
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Art’culo
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             derechos por el suministro del preciado   extranjero, el impuesto se pagaría mediante   ella y la velocidad implacable con la que
             recurso y sucede lo mismo con las industrias   retención que se efectuará al momento   avanza la tecnología en el mundo.
             que utilizan la luz eléctrica o cualquier   de que las personas que utilicen las redes   La falta de una normatividad específica
             otro recurso necesario para elaborar   para anunciar sus productos o servicios,   para regular la recolección y procesamiento
             su producto. Las industrias que venden   paguen los servicios de publicidad a las   de datos, así como la privacidad digital,
             productos nocivos para la salud, como el   redes sociales, y se emitirá la constancia   no es un problema exclusivo de México,
             tabaco, el alcohol o productos azucarados,   de  retención  correspondiente  mediante   de hecho, son muy contados los países
             están sujetos al pago del Impuesto Especial   un CFDI. Se estaría sujeto a las facultades   que cuentan con instrumentos legales
             sobre Producción y Servicios (IEPS), a modo   de comprobación, específicamente a   que, medianamente, los regulan, y otros
             de proteger a la población del consumo   revisiones electrónicas por parte de las   tantos son los que apenas comienzan a
             de  estos  productos  y  generar  recursos   autoridades fiscales. Se modificarían los   legislar en estos temas, a raíz de ciertas
             suficientes para atender los problemas de   Tratados Internacionales a efecto de evitar   problemáticas que han surgido y que han
             salud pública que esto representa.   la doble tributación de este impuesto. En   afectado considerablemente a la sociedad
             Entonces, ¿Por qué no pensar en establecer   fin, sería un impuesto que beneficiaria en   en la que se desenvuelven, mientras que
             un impuesto o el pago de derechos por   demasía a la tesorería pública de cualquier   las corporaciones propietarias de las redes
             la recolección y procesamiento digital   Nación.                    sociales, se enriquecen cada día a mayor
             de  datos  personales?,  ¿Se  imaginan  la   Si bien, en México tenemos la “Ley Federal de   escala.
             recaudación de impuestos que generaría   Protección de Datos Personales en Posesión   Sin  lugar  a  dudas,  nos  encontramos
             para cualquier gobierno que lo aplique?,   de los Particulares”, esta solo contempla   apenas en el inicio de un largo camino
             además, serviría como medio de protección   la protección de datos personales en el   que tenemos que explorar y donde el
             hacia los usuarios de redes sociales. Algo   sentido de que es necesaria la autorización   objetivo que necesitamos alcanzar, avanza
             así como el IEPS, “protege” a la población   del titular, para poder procesar o compartir   100 veces más rápido que nosotros, por
             del consumo de productos que son nocivos   la información obtenida, lo cual, se cumple   lo que representa un enorme reto global
             para la salud.                    al establecer un Aviso de Privacidad y se   que, estoy seguro, estará en la agenda
             Hagamos un ejercicio utópico, tendríamos   sanciona en caso de compartir o procesar   internacional durante los próximos años.
             un nuevo ordenamiento legal denominado   datos personales sin el consentimiento   Comencemos aceptando que tenemos el
             “Ley del Impuesto  a las Redes  Sociales   expreso del titular de la información. Sin   poder sobre las redes sociales y no ellas
             Digitales o Tecnológicas”, en el que los   embargo, no es tan especifica al proteger y   sobre nosotros, tal y como lo vimos en el
             sujetos del impuesto, serían las personas   regular la privacidad digital, que considero,   reciente caso de “WhatsApp”.
             físicas y morales residentes en el país o   es importante dedicarle especial atención,
             en el extranjero, que, con ánimo de lucro,   debido a la gran diversidad que existe en   Saludos y hasta la próxima.
             recolecten y procesen datos personales o
             que formen parte de la privacidad digital de
             las personas, a través de las redes sociales
             tecnológicas. Se establecería una tarifa, de
             acuerdo  al  número  de  datos  personales
             que recolecten y procesen por persona.
             Tomaríamos como base la actual  “Ley
             Federal de Protección de Datos Personales
             en Posesión de los Particulares”, para
             establecer los datos por los que se pagaría
             el  impuesto  y  cuales  estarían  exentos.
             El impuesto se enteraría a más tardar el
             día 17 del mes inmediato posterior al
             que  se  generó  la  situación  de  hecho o
             de derecho, a través de la presentación
             de declaraciones mensuales, así como la
             informativa del número de personas de
             las que se recolectaron sus datos en el
             mes de que se trate. Para residentes en el



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