Page 27 - Revista Panorama Diciembre 2024
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Panorama Universitario  Artículo



           con impuestos podría reducir drásticamente su capacidad adquisitiva.
           La exención busca evitar que los trabajadores pierdan poder adquisitivo y
           puedan utilizar esta prestación para cubrir necesidades importantes, para
           ahorrar o incluso invertir. Para los trabajadores con ingresos más altos, aun-
           que la exención tiene un límite, sigue representando un beneficio parcial
           que disminuye la carga fiscal, sin embargo, su impacto es menor en compa-
           ración con aquellos que perciben salarios bajos o medios, ya que en estos
           casos el monto del aguinaldo suele superar el límite exento de ISR.
           A mi entender, es hora de incrementar la exención considerando que
           los sueldos que reciben los empleados son una de las partes más grue-
           sas que contribuyen al gasto público, merecen más beneficios de los
           que hasta ahora tienen.
           Como se mencionó al inicio, los empleadores tienen la responsabilidad de
           calcular y retener el ISR correspondiente al momento de pagar el sueldo y
           el aguinaldo. Para ello, deben realizar el cálculo considerando la exención   digo, conviene a todos estar informados sobre las disposiciones fiscales,
           permitida por la Ley del ISR y aplicar la tarifa correspondiente al monto ex-  pues el conocimiento de nuestros derechos y obligaciones puede convertir-
           cedente. Es fundamental que los empleadores realicen este cálculo correc-  se en una mejor planificación financiera.
           tamente, ya que cualquier error puede derivar en sanciones fiscales o en la   Adicional, recuerda que el aguinaldo se debe pagar en efectivo con la mo-
           obligación de ajustar los impuestos del trabajador al final del ejercicio fiscal.  neda en curso legal; es decir, el peso, y con tu consentimiento, tu patrón
           Además, los empleadores están obligados a entregar el aguinaldo a más   puede depositar el monto a tu cuenta bancaria o tarjeta de débito, realizar-
           tardar el 20 de diciembre de cada año. El incumplimiento de esta obligación   te una transferencia o entregártelo a través de un medio electrónico, más
           puede resultar en multas y sanciones por parte de la Secretaría del Traba-  no con vales, fichas o cualquier mercancía que sustituya al dinero.
           jo y Previsión Social (STPS), además de generar posibles quejas por parte   En conclusión, la exención del ISR sobre el aguinaldo no solo es una me-
           de los empleados ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo   dida de alivio fiscal, sino también una herramienta de justicia social que
           (PROFEDET).                                          busca proteger a los trabajadores de menor ingreso y promover el bienestar
           Para finalizar, cabe mencionar que, la exención del ISR sobre el aguinaldo   económico en una temporada del año especialmente significativa para las
           es un beneficio importante para los trabajadores en México, que permite   familias mexicanas.
           mejorar su poder adquisitivo al finalizar el año. Al establecer un límite exen-
           to, la ley busca proteger a los empleados de menores ingresos y ofrecer un   Gracias por leer, hasta la próxima.
           alivio económico en una época clave para muchos hogares. Como siempre


                            Autor: Eliel Morales Lara.
                            Maestro y licenciado en derecho, especialista en el ámbito tributario/Abogado
                            postulante y asesor jurídico especialista en estrategia y defensa fiscal/Socio
                            fundador y directivo de TRIBUTÓPOLIS, empresa dedicada a los impuestos y
                            servicios legales/Articulista con más de tres años colaborando con “Panorama
                            Universitario” revista de cobertura nacional, enfocada a la comunidad
                            universitaria del país/Conferencista y expositor a nivel nacional en temas
                            tributarios de actualidad.
                            Teléfono celular de contacto: 5548445219
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