Page 24 - Revista Junio 2021
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Art’culo
       Art’culo              Panorama Universitario                                                                                                                                                     Panorama Universitario  Art’culo
                              Panorama Universitario


        “Suspende o disminuye tus obligaciones

                      fiscales retroactivamente”                                                                                          puedo cumplir con mi obligación a más tardar el 19 del mes
                                                                                                                                          de que se trate.
                                                                                                                                      •  Si el sexto digito numérico de nuestro RFC es 5 o 6, tendre-
                  Regulariza tu situación fiscal sin presentar declaraciones                                                              mos tres días hábiles adicionales después del 17, es decir,
                                                                                                                                          puedo cumplir con mi obligación a más tardar el 20 del mes
                                                                                                                                          de que se trate.
                                                                                                                                      •  Si el sexto digito numérico de nuestro RFC es 7 u 8, tendre-
                                                     •Por Eliel Morales Lara                                                              mos cuatro días hábiles adicionales después del 17, es decir,
                                                                                                                                          puedo cumplir con mi obligación a más tardar el 21 del mes
                                                                                                                                          de que se trate.
                  lgunas personas, al intentar emprender un negocio, se   2. Declaración de pago definitivo bimestral de Impuesto al   •  Y, si el sexto digito numérico de nuestro RFC es 9 o 0, tendre-
                  dan de alta ante el SAT en el Régimen de Incorpora-  Valor Agregado.                                                    mos cinco días hábiles adicionales después del 17, es decir,
                  ción Fiscal (RIF) para ser formales y poder emitir CFDI´s                                                               puedo cumplir con mi obligación a más tardar el 22 del mes
           A(facturas) a los clientes que así se los soliciten. Otros,   Cualquiera que sea al caso, al tener activas obligaciones fiscales   de que se trate.
           al querer ejercer su profesión de manera independiente, se dan   relacionadas con el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), de
           de alta en el Régimen de Actividades Profesionales, incluso, para   los ingresos por Actividades Empresariales y Profesionales o de   Suele pasar que, muchas personas, al no realizar las actividades
           ingresar a trabajar en algunas empresas, te solicitan te des de   los ingresos por Arrendamiento y en general por otorgar el uso   económicas que se pretendían, tienen la equivocada creencia de
           alta en ese Régimen para que puedas emitirles CFDI´s (factura)   o goce temporal de bienes inmuebles, se debe de dar puntual   que no deben presentar las declaraciones a las que se obligaron
           por los pagos que te van a realizar, práctica que resulta indebida   cumplimiento con ellas.                               al darse de alta en el RIF, en el Régimen de Actividades Empre-  ros, lo manifestado por el contribuyente en la solicitud presentada
           por cierto. Algunos otros, al tener un potencial arrendatario que   Cabe aclarar que, el hecho de que no se obtengan ingresos, o   sariales o Profesionales o en el régimen de Arrendamiento de   mediante el caso de aclaración. De no existir inconveniente con
           les solicite CFDI´s (factura) por el pago de renta de algún bien   que no se realicen las actividades económicas que conllevan   bienes inmuebles, y tampoco presentan el aviso de suspensión   la información revisada por el SAT, se realizará la suspensión o
           inmueble, se dan de alta en el Régimen de Arrendamiento.   esos regímenes tributarios, no significa que no se tengan que   o disminución de obligaciones ante el SAT, para que así, termine   disminución de obligaciones de manera retroactiva.
           No obstante, si por alguna extraña razón, el emprendimiento no   presentar las declaraciones implicadas, siendo que, deben pre-  la obligación de presentar declaraciones mensuales, anuales e   Esto se traduce en que, si una persona se dio de alta en el Régimen
           se lleva cabo, se termina por no ejercer la profesión de forma   sentarse “en cero”, a más tardar el día 17 del mes siguiente al   informativas.                                de Incorporación Fiscal en enero del año 2017, pero nunca realizó
           independiente o el bien inmueble se termina por no arrendar, es   que se va a declarar la información, esto es que, si el mes que   Lo anterior, genera una contingencia tributaria importante para   actividades económicas relacionadas con dicho régimen, y nunca
           importante dar cumplimiento con las obligaciones fiscales que   voy a declarar, es el mes de abril del 2021, tengo hasta el 17 de   la persona que se dio de alta en alguno de estos regímenes y   emitió CFDI´s (facturas) de ingresos a algún cliente, y por conse-
           se contrajeron al dar de alta alguno de los tres regímenes men-  mayo del 2021 para presentar la declaración de pago provisional   no suspendió actividades o disminuyo sus obligaciones, ya que   cuencia, no fue reportado por terceros ante el SAT, pero tampoco
           cionados anteriormente, o bien, presentar el aviso de suspensión   y/o definitivo de ISR e IVA.                            mientras no se presente dicho aviso, se continua con las obliga-  presento el aviso de suspensión de actividades o disminución de
           o disminución de obligaciones fiscales ante el SAT, para ya no   Tratándose del RIF, las personas que tributen bajo este régimen,   ciones contraídas que, al no presentarse, pueden ser requeridas en   obligaciones ante a autoridad tributaria, ni presentó las declara-
           tener que dar cumplimiento con esas obligaciones tributarias.  calcularán y enterarán sus impuestos en forma bimestral, el cual   cualquier momento por el SAT, con sus correspondientes multas.  ciones de pago definitivo bimestrales que implica el RIF, entonces,
           Las obligaciones básicas que deben cumplir las personas físicas   tendrá el carácter de pago definitivo, a más tardar el día 17 de los   Ahora bien, si este es tu caso, la solución tradicional, es presen-  puede solicitar, a través de un caso de aclaración en el Portal
           al darse de alta en el Régimen de Actividad Empresarial o Profe-  meses de marzo, mayo, julio, septiembre, noviembre y enero del   tar todas las declaraciones que tienes pendientes, “en cero”, y   del SAT, la suspensión o disminución de obligaciones de manera
           sional, o en el Régimen de Arrendamiento de bienes inmuebles,   año siguiente, es decir que, si voy a declara el segundo bimestre   hasta cinco ejercicios fiscales atrás, que son los que la autoridad   retroactiva, siendo totalmente procedente, y por lo cual el SAT lo
           son las siguientes:                                 del 2021 (marzo-abril), tengo hasta el día 17 de mayo del 2021         puede requerirte sin que puedas alegar caducidad de facultades   tendrá dado de baja, de ese régimen, desde el día 01 de enero de
                                                               para cumplir, en tiempo, con mi obligación.                            o prescripción de las obligaciones.                  2017, evitando tener que presentar las 26 declaraciones bimes-
             1. Presentar Declaración de pago provisional mensual de Im-   También, es importante considerar, que conforme al artículo 5.1   Sin embargo, existe otra solución a este problema, mucho más   trales “en cero”, y simplificando la regularización de la situación
               puesto Sobre la Renta.                          del “Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece      sencilla e igual de eficaz, me refiero a la suspensión o la disminución   fiscal del contribuyente, incluso, hasta aminorando los honorarios
             2. Presentar Declaración de pago definitivo mensual del Im-  medidas de simplificación administrativa” de fecha 26 de diciembre   de obligaciones de manera retroactiva, la cual, pueden solicitar   que un profesional le pueda cobrar por regularizar su situación,
               puesto al Valor Agregado.                       de 2013, podemos tomar en cuenta el sexto dígito numérico de           las personas físicas que tengan activas obligaciones fiscales rela-  pues no es lo mismo presentar 26 declaraciones bimestrales “en
             3. Presentar Declaración Anual de Impuesto Sobre la Renta.  nuestra clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), para   cionadas con el Régimen de Incorporación Fiscal, de los ingresos   cero”, que presentar una solicitud de suspensión o disminución
             4. Presentar Declaración Informativa de Operaciones con Ter-  obtener días adicionales para dar cumplimiento con nuestras   por Actividades Empresariales y Profesionales o de los ingresos   de obligaciones de manera retroactiva.
               ceros (DIOT) para efectos de IVA.               obligaciones mensuales conforme a lo siguiente:                        por Arrendamiento y en general por otorgar el uso o goce tem-  Cabe indicar que, la suspensión o disminución retroactiva a que nos
                                                                                                                                      poral de bienes inmuebles, que ya no realizan dichas actividades,   referimos, no deja sin efectos los requerimientos previos realizados
           Mientras que, para el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), las   •  Si el sexto digito numérico de nuestro RFC es 1 o 2, ten-  y podrán solicitarla, hasta por los últimos cinco ejercicios previos   por el SAT, ni libera del pago de las multas, notificadas o no, que
           obligaciones generales que se contraen son las que se enlistan   dremos un día hábil adicional después del 17, es decir,   a su solicitud.                                      correspondan por la falta de presentación de declaraciones a las
           a continuación:                                         puedo cumplir con mi obligación a más tardar el 18 del             La solicitud, se realizará presentando un caso de aclaración en el   que se encontraban obligados los tributantes.
                                                                   mes de que se trate.                                               Portal del SAT, en el que se manifestará, bajo protesta de decir   Así que ya saben, si este es su caso o conocen de alguien que
             1. Declaración de pago definitivo bimestral de Impuesto Sobre   •  Si el sexto digito numérico de nuestro RFC es 3 o 4, tendre-  verdad, la fecha en que se dejaron de realizar las actividades   se encuentre en esta situación, pueden solicitar la suspensión de
               la Renta.                                           mos dos días hábiles adicionales después del 17, es decir,         económicas, se expresará que a partir de esa fecha no se han   actividades o disminución de obligaciones de manera retroactiva
                                                                                                                                      emitido CFDI´s (facturas) que amparen la obtención de ingresos,   para regularizar, cuanto antes, su situación fiscal y evitar multas
                                                                                                                                      se enunciará que no se han presentado declaraciones periódicas   por parte del SAT, pues así lo establece la regla 2.5.19. de la
                      Autor: Eliel Morales Lara                                               Título del artículo: “Suspende o disminuye   relacionadas con las citadas actividades y que no hemos sido   Resolución Miscelánea Fiscal para 2021.
                      Soy Licenciado en Derecho por la Universidad Tecnológica de México (UNITEC), cursé la Maestría en Derecho y me especialidad es en   tus obligaciones fiscales retroactivamente”.
                      materia tributaria. Cuento con más de 8 años de experiencia en investigación, consultoría y defensa fiscal. He colaborado tanto en   Teléfono celular de contacto: 5548445219  reportados por terceros por la realización de esas actividades.
                      organismos gubernamentales como en la iniciativa privada. Soy fundador y Director Ejecutivo de Tributópolis, empresa dedicada a los   Correo electrónico de contacto: eliel.  El Servicio de Administración Tributaria, confirmará en sus sistemas
                                                                                              morales@tributopolis.com
                      impuestos y a los servicios legales.
                                                                                                                                      o con información proporcionada por otras autoridades o por terce-       Saludos y hasta la próxima.
                                                                                                                                                                                       23
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