Page 26 - PANORAMA FEBRERO 2023
P. 26

Art’culo           Panorama Universitario


                  “La importancia del domicilio fiscal”




                      Conoce algunas consecuencias de tener no localizado tu domicilio fiscal ante el SAT




                                                •Eliel Morales Lara

                                 L   as personas físicas mayores de edad y las per-

                                     sonas morales tienen la obligación de inscribirse
                                     ante el Registro Federal de Contribuyentes (RFC),
                                     al realizar este trámite, las personas deben indicar
                                  un domicilio para efectos fiscales, es decir, un domici-
           Autor: Eliel Morales Lara.  lio en el que las autoridades fiscales puedan ubicar o
           Maestro y licenciado en derecho,   localizar a los contribuyentes para poder, en su caso,
           especialista en el ámbito tributar-  cobrarle las contribuciones que están obligados a pa-
           io / Abogado postulante y asesor
           jurídico especialista en estrategia   gar. El Código Fiscal de la Federación en su artículo
           y defensa fiscal / Socio fundador
           y directivo de TRIBUTÓPOLIS, em-  10, establece los supuestos que establecen lo que se
           presa dedicada a los impuestos y   debe considerar como domicilio fiscal para cada una
           servicios legales / Articulista con                                  b)  Si se trata de establecimientos de personas
           más de tres años colaborando con   de estas personas, el cual transcribo para efecto de su   morales residentes en el extranjero, dicho esta-
           “Panorama  Universitario”  revista   mejor entendimiento:
           de cobertura nacional, enfocada a                                    blecimiento; en el caso de varios establecimien-
           la comunidad universitaria del país
           / Conferencista y expositor a nivel                                  tos, el local en donde se encuentre la adminis-
           nacional en temas tributarios de   “Artículo 10.- Tratándose de personas físicas:  tración principal del negocio en el país, o en su
           actualidad.
                                                                                defecto el que designen.
           Título del artículo:        a) Cuando realizan actividades empresariales, el
           “La importancia del domicilio  local en que se encuentre el principal asiento de
            fiscal”                                                             Cuando los contribuyentes no hayan designa-
                                       sus negocios.
           Correo electrónico                                                   do un domicilio fiscal estando obligados a ello,
           de contacto:                                                         o hubieran designado como domicilio fiscal un
           www.eliel.morales@tributopolis.com  b) Cuando no realicen las actividades señaladas
           Tel. celular de contacto 5548445219                                  lugar distinto al que les corresponda de acuer-
           contacto@tributopolis.com    en el inciso anterior, el local que utilicen para el   do con lo dispuesto en este mismo precepto o
           www.tributopolis.com
                                       desempeño de sus actividades.            cuando hayan manifestado un domicilio ficticio,
                                                                                las autoridades fiscales podrán
                                       c) Únicamente en los casos en que la persona   practicar diligencias en cualquier lugar en el que
                                       física, que realice actividades señaladas en los   realicen sus actividades o en el lugar que con-
                                       incisos anteriores no cuente con un local, su casa   forme a este artículo se considere su domicilio,
                                       habitación. Para estos efectos, las autoridades   indistintamente”.
                                       fiscales harán del conocimiento del contribuyen-  Ahora que ya tienes mayor referencia de qué se debe
                                       te en su casa habitación, que cuenta con un pla-  considerar como domicilio fiscal, ya sea para perso-
                                       zo de cinco días para acreditar que su domicilio   na física o moral, es importante que consideres la
                                       corresponde a uno de los supuestos previstos en   consecuencia de no cumplir con los requisitos que
                                       los incisos a) o b) de esta fracción.  establece este artículo 10 del CFF, pues al no cum-
                                                                           plirlos y ser sujeta de alguna verificación de domicilio
                                       Siempre que los contribuyentes no hayan mani-  por parte del SAT, el estatus de tu domicilio cambiará
                                       festado alguno de los domicilios citados en los   a NO LOCALIZADO, lo cual, a su vez trae otras con-
                                       incisos anteriores o no hayan sido localizados   secuencias de las que a continuación abordaremos.
                                       en los mismos, se considerará como domicilio el   Antes de abordar estas consecuencias por estar
                                       que hayan manifestado a las entidades financie-  como NO LOCALIZADO, permítanme indicarles tam-
                                       ras o a las sociedades cooperativas de ahorro y   bién que es trascendente actualizar el domicilio, es
                                       préstamo, cuando sean usuarios de los servicios   decir, no basta con que, al realizar la inscripción al
                                       que presten éstas.                  RFC, se manifieste un domicilio, pues si este cambia
                                                                           a través del tiempo, es una obligación avisarle al SAT
                                       II. En el caso de personas morales:  de dicho cambio de domicilio fiscal, el cual se puede
                                       a) Cuando sean residentes en el país, el   realizar en línea desde el portal del SAT con tu e-
                                       local en donde se encuentre la administra-  firma, o bien, de manera presencial con cita en las
                                       ción principal del negocio.         oficinas del SAT. Si no actualizas tu domicilio cuando


                                                             24
   21   22   23   24   25   26   27   28   29   30   31