Page 31 - Revista Septiembre 2021
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Art’culo
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                     por la autoridad revisora.                Por lo que respecta al procedimiento, (regla 2.16.8), tenemos que los con-
                 3.  Que sean conexas con un acto que se encuentre impugnado.  tribuyentes que soliciten la condonación de multas, deberán presentar su
                 4.  De contribuyentes que sus datos como nombre, denomina-  solicitud mediante buzón tributario acompañando escrito que cumpla con
                     ción o razón social y clave en el RFC, estén o hayan estado   los requisitos señalados en las fichas de trámite 149/CFF “Solicitud de con-
                     publicados en términos del artículo 69-B del CFF.  donación de multas” o 200/CFF “Solicitud de condonación a contribuyen-
                 5.  De contribuyentes que se encuentren como No Localizados   tes sujetos a facultades de comprobación” contenidas en el Anexo 1-A,
                     en el RFC.                                según corresponda. Cuando dichas solicitudes no cumplan con todos los
                 6.  Tratándose de multas por infracciones contenidas en disposi-  requisitos señalados en la ficha de trámite, la autoridad fiscal requerirá al
                     ciones que no sean fiscales o aduaneras.  contribuyente para que en un plazo de diez días se presente la información
                 7.  Tratándose de multas en las que el contribuyente haya solici-  y/o documentación faltante u otra que se considere necesaria, con el aper-
                     tado la suspensión del procedimiento administrativo de eje-  cibimiento de que en caso de que no se presente dentro de dicho plazo,
                     cución, se haya autorizado la condonación y no hubiera sido   se tendrá por no interpuesta su solicitud. Lo anterior, no será impedimento
                     cubierta la parte no condonada dentro del plazo otorgado.  para que el contribuyente presente una nueva solicitud cuando lo considere
                 8.  Respecto de multas que la autoridad fiscal haya autorizado   conveniente.
                     su condonación y esta no haya surtido efectos porque el con-
                     tribuyente no realizó el pago de la parte no condonada en el
                     plazo otorgado.
                 9.  Tratándose de multas que deriven de actos u omisiones que
                     impliquen la existencia de agravantes en la comisión de in-
                     fracciones.

            Ahora que ya conocemos en qué casos si y en qué casos no se puede solicitar
            la condonación de multas impuestas por el SAT, seguro se estarán preguntan-
            do que requisitos se necesitan para poder solicitarla, claro, siempre que se en-
            cuentren en un supuesto por el que si proceda la solicitud. Pues los requisitos
            también se encuentran establecidos en la RMF para 2021, específicamente
            en la regla 2.16.7. y el procedimiento que se deberá seguir para solicitarla se
            encuentra en la regla 2.16.8. de la misma resolución:


            Procederá la condonación de las multas, cuando los contribuyentes cum-
            plan con los siguientes requisitos:

                 1.  Presentar, cuando se esté obligado, la declaración anual del   Por último, es necesario comentar que, dependiendo de la causa por la que
                     ISR correspondiente al último ejercicio fiscal o, en su caso, las   te haya multado el SAT, y el tiempo que hayas demorado en solicitar la
                     declaraciones complementarias dentro de un plazo de tres   condonación, se determinará el porcentaje que te condonaran de la multa,
                     días contados a partir del día siguiente a aquel en que sea   entre más reciente sea la solicitud, mayor será el porcentaje de condona-
                     notificado el requerimiento respectivo, a fin de resolver la soli-  ción que puede ir desde un 10% hasta un 100%, todo depende, como
                     citud de condonación.                     ya comente, de la causa de la multa y del tiempo que tardes en solicitar la
                 2.  La resolución de condonación de multas fiscales por incum-  condonación, por ejemplo, si se trata de una multa por no cumplir con una
                     plimiento a las obligaciones fiscales federales distintas a las   obligación fiscal que no sea de pago y la solicitas dentro del mismo año de
                     obligaciones de pago, surtirá efectos cuando el contribuyente   antigüedad en la que te impusieron la multa, tu porcentaje de reducción
                     cumpla con el pago del importe no condonado, dentro del   será del 70% de tu multa.
                     plazo de diez días siguientes a la fecha en que surta efectos la   Bueno, ya conoces los casos en que puedes pedirle perdón al SAT por por-
                     notificación de la resolución de condonación y haya cumplido   tarte mal, ojalá te sea de utilidad, te salve de alguna situación apremiante
                     con la obligación que dio origen a la sanción.  y te sirva para reflexionar y liberarte de las culpas con las que cargas por
                 3.  Asimismo, cuando la resolución de condonación se encuentre   incumplir tus obligaciones fiscales.
                     relacionada con una autorización de pago a plazos, esta surti-
                     rá sus efectos, cuando se hayan pagado todas y cada una de
                     las parcialidades autorizadas.            Saludos y hasta la próxima.



                    Autor: Eliel Morales Lara                                                  Título del artículo: “
                    Soy Licenciado en Derecho por la Universidad Tecnológica de México (UNITEC), cursé la Maestría en Derecho y mi especialidad es en   Condonación de Multas”.
                    materia tributaria. Cuento con más de 8 años de experiencia en investigación, consultoría y defensa fiscal. He colaborado tanto en   Teléfono celular de contacto:
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                    organismos gubernamentales como en la iniciativa privada. Soy fundador y Director Ejecutivo de Tributópolis, empresa dedicada a los   Correo electrónico de contacto:
                    impuestos y a los servicios legales.                                    eliel.morales@tributopolis.com

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