Page 27 - Revista Junio 2020
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Art’culo
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             cionaba que la Constitución, las Leyes
             Federales y los Tratados Internacionales,
             se encontraban exactamente al mismo
             nivel  jerárquico, por  lo  que  resultaba
             incorrecto tildar de inconstitucional a
             una Ley Federal por contravenir lo es-
             tipulado en un Tratado Internacional o
             viceversa. Con este criterio, México no
             estaba acorde con los lineamientos in-
             ternacionales y se encontraba en una
             situación de desventaja en relación con
             otros países.
             Ya en el año de 1999, la Suprema
             Corte de Justicia de la Nación, emite                                                   https://www.freepik.es/fotos/fondo">
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             una  nueva  Jurisprudencia en  la  que
             cambia el criterio anterior e indica que   Conforme a todo lo anterior, podemos
             los Tratados Internacionales se encuen-  emitir en términos generales, una defin-
             tran jerárquicamente por encima de   ición de Tratado Internacional para evi-  A  modo  de  conclusión,  me  parece
             las Leyes Federales pero por debajo de   tar la doble tributación, apelando a la   que la manera en la que se regula
             la Constitución Política de los Estados   clásica definición de Derecho que inicia   la fiscalidad internacional en
             Unidos Mexicanos. Con esto, México   con la trillada frase “conjunto de nor-  nuestro país, se encuentra un tanto
             se establece en una mejor posición in-  mas” y lo complementaremos con las   desfasada en relación a otros países
             ternacional pues su política exterior, se   características generales de los Tratados   y al avance tecnológico que se ha
             encuentra acorde con los lineamientos   y su objetivo principal, por lo que nos re-  dado  a  nivel  mundial,  apenas  en
             internacionales.                  sulta la siguiente definición: “Conjunto   estas fechas, están entrando en
             En el ámbito Internacional, la Conven-  de normas que se rigen por el derecho   vigor las normas tributarias a fin de
             ción de Viena sobre el Derecho de los   internacional tendientes a la regulación   gravar a las plataformas digitales
             Tratados de 1969, es la que regula lo   entre los Estados parte a fin de equili-  que obtienen ingresos de fuente
             relativo a los acuerdos de carácter in-  brar los sistemas fiscales”.  en territorio nacional pero que
             ternacional celebrados por y entre Esta-                              se encuentran establecidas en el
             dos, los define, regula su modificación,   A mayor abundancia con los objetivos   extranjero. Lo anterior por motivo
             su entrada en vigor, su interpretación   generales de los Tratados para evitar   de que la legislación doméstica,
             y/o su terminación, entre otras cosas.   la doble tributación, podemos   aún no es suficiente para fiscalizar
             Por citar un ejemplo, la mencionada   expresar que son 5 los principales,   internacionalmente. Sin embargo, si
             Convención, establece una fuerte limi-  mismos que a continuación se   se han tenido avances significativos,
             tante tratando de evitar, en la medida   enlistan:                    por ejemplo, con los acuerdos de
             de lo posible, que el objeto de los Trata-  1.  La prevención de la doble   intercambio de información con los
             dos y su eficacia no se vean impedidos   imposición                   que México ha recibió en 2017,
             o frustrados de alguna manera durante   2.  La eliminación de la doble   información financiera para efectos
             el lapso que media entre la firma del   imposición                    fiscales de 38 Estados a los cuales se
             Tratado y su entrada en vigor, o como   3.   A través de la exención  sumaron 53 Estados con los que se
             sucede en México, en donde media un   4.  A través del acreditamiento  intercambia este tipo de información
             lapso entre la suscripción de un Tratado   5.   Prevenir la evasión y los   que es de invaluable utilidad para la

             y la aprobación por parte del Senado.  fraudes fiscales                efectiva fiscalidad internacional.


                       Autor: Eliel Morales Lara                                               Título del artículo: ¡MÉXICO Y LA
                       Licenciado en Derecho por la Universidad Tecnológica de México (UNITEC), cursé la Maestría en Derecho y un Diplomado en Derecho   FISCALIDAD INTERNACIONAL!
                       Tributario en la misma Institución Educativa. Soy especialista en investigación, consultoría y estrategia en materia tributaria. He   Teléfono celular de contacto:
                       colaborado tanto en organismos gubernamentales como en la iniciativa privada; me desempeñe como Asesor Fiscal Integral en el   5537113025
                       Servicio de Administración Tributaria. Soy socio fundador de Tributópolis.  Correo electrónico de contacto: eliel.
                                                                                               morales@tributopolis.com

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