Page 26 - Revista Junio 2020
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Art’culo Panorama Universitario


              ¡México y la Fiscalidad


                             Internacional!





             ¿Cuáles son los principales ordenamientos jurídicos que regulan la fiscalidad
                                    internacional en nuestro país?



                                                     •Por Eliel Morales Lara

            L     as generalidades de la fiscalidad   do,  para  posteriormente,  identificar  el   un Tratado conforme Ley Suprema en

                                                criterio que causa la doble tributación
                  internacional, se determinan con
                                                                                   México.
                                                y conocer el beneficio que otorgó dicho
                                                                                   Por una parte, en el artículo 89, fracción
                  base en los criterios que los Esta-
                  dos toman en consideración para
                                                teniendo claro que en México se toma,
                                                                                   Ejecutivo para dirigir la política exterior
            gravar los ingresos, es decir, algunos to-  Tratado, para el caso de que se requiera,   X, se otorga la facultad al titular del
            man el criterio “personalista” que hace   principalmente, el criterio de la fuente   y celebrar Tratados internacionales. Por
            alusión a las personas y su residencia,   de riqueza para gravar los ingresos de   otra parte, en el artículo 76, fracción I,
            mientras que otros Estados toman el   los extranjeros.                 se le otorga facultad al Senado para
            criterio  “territorialista” conforme a la   En los Estados Unidos Mexicanos, la Ley   analizar la política exterior desarrollada
            fuente de esos ingresos. Precisamente,   Suprema de toda la Unión, se encuentra   por el Ejecutivo y aprobar los Tratados
            estos criterios son los que provocan   conformada por la Constitución Política,   internacionales que suscriba.
            la doble tributación, pues mientras en   las leyes de la Unión que emanen de ella   Además, tenemos la Ley sobre  la
            un Estado un ingreso es gravable por   y por los Tratados que vayan en concor-  celebración de Tratados, que regula el
            motivo de la fuente de ingresos, en   dancia con la misma y que sean cele-  procedimiento que debe seguir el Ejecu-
            otro puede ser gravable en razón de la   brados por el Presidente de la República   tivo Federal para suscribir un Tratado,
            persona o su residencia. Derivado de lo   con aprobación del Senado, lo cual se   mismo que turnará al Senado para que
            anterior, podemos establecer que los   traduce en que todas las autoridades   una comisión especial elaboré el dicta-
            cimientos generales en los que se con-  deben respetar lo que establecen estos   men correspondiente y posteriormente
            struye la fiscalidad internacional, son la   ordenamientos jurídicos. Lo anterior se   apruebe la celebración del Tratado Inter-
            Residencia de las personas y la Fuente   encuentra instituido en el artículo 133   nacional.
            de sus ingresos.                    de la nuestra Carta Magna.         Si el  Tratado versa sobre materia
            En nuestro país, en una primera instan-  De ello se desprende que los Tratados in-  económica, seguirá las condiciones es-
            cia, el principal ordenamiento jurídico   ternacionales serán considerados como   tablecidas en la Ley de Aprobación de
            que regula la fiscalidad internacional,   Ley Suprema, únicamente cuando vayan   Tratados en materia económica, que en
            es la normatividad doméstica, es decir,   en concordancia con la propia Consti-  términos generales, regula la manera en
            la ley de ISR y la ley de IVA, ya que en   tución Federal y cuando sean celebra-  la que el Senado deberá de aprobar los
            ellas se establecen los supuestos que   dos por el titular del Ejecutivo Federal   Tratados celebrados por el poder Ejecu-
            regulan la fiscalidad con respecto a los   con la aprobación del Senado, es decir,   tivo Federal en materia  económica  y
            extranjeros con base en la retención de   no es suficiente con la celebración del   lo faculta para solicitar información
            impuestos para los que no cuenten con   Tratado por el Presidente, sino que   que estime necesaria respecto de la
            establecimiento permanente en el país,   debe ser aprobado por el Senado y solo   suscripción del  Tratado, de tal suerte
            o teniéndolo la fuente de riqueza no sea   cuando sea así, el Tratado constituirá Ley   que  cuente  con  los  elementos  que  le
            atribuible a este.                  Suprema.                           permitan tomar la decisión correcta al
            En  segundo término, tenemos a los   La propia Carta Magna, dota de facul-  momento de aprobar un Tratado en una
            Tratados para evitar la doble tributación,   tades tanto al Presidente de la República   materia tan trascendente para el país
            los cuales son aplicables para las per-  como al Senado, para que cada uno   como lo es la económica.
            sonas que sean residentes (en términos   de ellos pueda cumplir con la parte   Con relación a los criterios judiciales al
            de la legislación doméstica) en alguno   que les corresponde (celebración y apro-  respecto, en el año de 1992, se emitió una
            de los estados que celebraron el Trata-  bación respectivamente) y así lograr que   Jurisprudencia que básicamente men-


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