Page 26 - Revista Agosto 2023
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Art’culo Panorama Universitario
ISR e IVA en la exportación de servicios
Te cuento el tratamiento fiscal de ISR e IVA en la exportación de servicios
•Eliel Morales Lara
L os mexicanos somos unos chingones cuando de tra- decir sólo pagarías $550.00 pesos. Pero si tributan en el ré-
bajo se trata, es por eso por lo que cada vez son más
gimen de actividad empresarial y profesional, tendrías que
pagar $9,466.99 pesos de ISR, claro, esto considerando
las empresas extranjeras que se fijan en nosotros y se
interesan en adquirir o contratar nuestros productos
y servicios para su beneficio. También es cierto que, Méxi- que no aplicaste ningún gasto como deducción autoriza-
da. Es grande la diferencia en comparación con el RESICO
co se caracteriza por siempre abrirle la puerta a personas ¿verdad?
Autor: Eliel Morales Lara.
extranjeras para que establezcan su residencia en el país y Toma en cuenta que, al prestar el servicio a un extranjero, es
Maestro y licenciado en derecho, esto aporta y enriquece los productos y servicios que ofrece decir a una empresa que reside fuera de México, no están
especialista en el ámbito tributar-
io / Abogado postulante y asesor México al extranjero. obligados a retener impuestos, pues no les son aplicables
jurídico especialista en estrategia
y defensa fiscal / Socio fundador las leyes mexicanas, por lo cual, el 100% del pago de im-
y directivo de TRIBUTÓPOLIS, em- Referente a los productos y servicios que se ofrecen de Mé- puestos lo tendrás que realizar de manera directa al fisco
presa dedicada a los impuestos y
servicios legales / Articulista con xico para el mundo, ya sea por propios mexicanos o por al presentar tu declaración provisional para ISR o definitiva
más de tres años colaborando con extranjeros, siempre que sean residentes en México, y que para IVA en cada mes que hayas obtenido el ingreso y en la
“Panorama Universitario” revista
de cobertura nacional, enfocada a dichos productos o servicios sean aprovechados en su tota- declaración anual para efectos de ISR.
la comunidad universitaria del país
/ Conferencista y expositor a nivel lidad en el extranjero, se considera, de acuerdo con la Ley También es importante que no olvides la obligación de
nacional en temas tributarios del IVA (Art. 29), exportación en los siguientes casos: emitir el CFDI que compruebe los ingresos obtenidos del
Título del artículo: extranjero, para esto debes ya utilizar la versión 4.0 de
ISR e IVA en la exportación 1. La asistencia técnica, servicios técnicos relacionados los CFDI, utilizar el RFC genérico para extranjeros que es
de servicios
con esta e informaciones relativas a experiencias XEXX010101000, así como poner el TAX-ID de la empresa
Teléfono celular de contacto:
5548445219 industriales, comerciales o científicas. que contrató y pagó tus servicios en el extranjero, el TAX-
Correo electrónico de contacto: eliel. 2. Publicidad. ID es el equivalente al RFC de México pero del país en el
morales@tributopolis.com
3. Comisiones y mediaciones. que resida la empresa que contrató, pagó y aprovecho tus
4. Seguros y reaseguros, así como afianzamientos y servicios en su totalidad en el extranjero y dependiendo del
reafianzamientos. país puede variar en número de dígitos, por ejemplo, para
5. Operaciones de financiamiento. empresas residentes en los Estados Unidos de América, el
6. Filmación o grabación, cumpliendo ciertos requisitos. TAX-ID es de 9 dígitos por lo general.
7. Servicios de tecnologías de la información, Otra cuestión importante para considerar es que, en tus es-
cumpliendo ciertos requisitos. tados de cuenta bancarios, deben aparecer registradas las
transferencias electrónicas provenientes del extranjero, y por
Entonces, si eres mexicano o extranjero que presta este supuesto, deben coincidir con las cantidades plasmadas en
tipo de servicios al extranjero, se considera que estás expor- el CFDI que emitiste con el RFC genérico para extranjeros.
tando tus servicios, y esto, para efectos del IVA, te permite Ten en cuenta que, debes cuidar el cumplir con todos los re-
calcular el impuesto aplicando la tasa del 0% al valor de la quisitos para acreditar la exportación del servicio, desde te-
enajenación de bienes o prestación de servicios. ner la actividad dada de alta en tu Constancia de Situación
De acuerdo con lo anterior, si prestas por ejemplo, servicios Fiscal, por ejemplo, que diga que prestas servicios de publi-
de publicidad al extranjero, y es aprovechado en su tota- cidad conforme al ejemplo que he manejado en este artí-
lidad fuera de México, esto se considera que estás expor- culo, que las transferencias o pagos provienen del extran-
tando tu servicio, y si el costo de tu servicio es de $50 mil jero, la emisión del CFDI con los datos que mencioné, que
pesos, le aplicarás la tasa del 0% de IVA, y quien te contra- el aprovechamiento del servicio haya sido en su totalidad
tó, pagará únicamente los $50 mil pesos, a diferencia de en el extranjero y si se trata de algunos servicios como los
que si prestas exactamente el mismo servicio en territorio relacionados con las tecnologías de la información, cumplir
nacional, salvo algunas excepciones, tendrías que agregar con los requisitos adicionales que establece la propia Ley
el 16% de IVA y terminarías cobrando %58 mil pesos ($50 del IVA, su reglamento y la Resolución Miscelánea Fiscal,
mil de tus servicios y $8 mil de IVA) por lo cual, la sugerencia es asesorarte con un profesional
Ahora, para efectos del ISR, el pago del impuesto depen- de la materia para que te pueda apoyar a cumplir con toda
derá del régimen fiscal en el que te encuentre tributando, la normatividad aplicable al respecto.
por ejemplo, si estás dado de alta en el RESICO, pagarías
el 1.1% por los $50 mil pesos de ingresos obtenidos, es Gracias por su lectura, saludos y hasta la próxima.
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