Page 28 - Revista Agosto 2020
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Art’culo Panorama Universitario
Cumplimiento Espontáneo
•Por Eliel Morales Lara
E s frecuente encontrar contribuyen- acuerdo al régimen en el que tributes. Para buciones omitidas. Si la infracción se
tes que recibieron una multa por
mayor claridad de lo que dispone este artí-
cometiere por inexactitud o falsedad
parte de alguna autoridad tribu-
culo, a continuación, lo transcribo:
de los datos proporcionados por los
taria por no cumplir con alguna
contribuciones, los accesorios serán a
obligación dentro del plazo legal que se • “Artículo 73.- No se impondrán contribuyentes a quien determinó las
tiene para hacerlo, es por eso que, en esta multas cuando se cumplan en forma cargo de los contribuyentes”.
ocasión, te voy a decir cómo evitar multas espontánea las obligaciones fiscales
por parte de las autoridades fiscales, aun y fuera de los plazos señalados por las
cuando no se cumpla con la obligación fis- disposiciones fiscales o cuando se
cal, dentro del plazo legal o el que conceda haya incurrido en infracción a causa
la misma autoridad. de fuerza mayor o de caso fortuito.
Por ponerte un ejemplo práctico y reciente, Se considerará que el cumplimiento
te informo que ya se terminó el plazo para no es espontáneo en el caso de que:
presentar la declaración anual de perso-
nas físicas del ejercicio 2019, así que, si I La omisión sea descubierta
tienes la obligación de presentarla y no por las autoridades fiscales.
lo has hecho, entonces te encuentras ex-
puesto a que el SAT te emita una multa. II La omisión haya sido corregida por
Recordemos que el plazo original para el contribuyente después de que las
presentar la declaración anual de personas autoridades fiscales hubieren notificado
físicas correspondiente al ejercicio 2019, una orden de visita domiciliaria, o haya
era hasta el 30 de abril del 2020, pero mediado requerimiento o cualquier
por la contingencia sanitaria que estamos otra gestión notificada por las mismas,
viviendo, el SAT otorgó una prórroga hasta tendientes a la comprobación del
el 30 de junio. cumplimiento de disposiciones fiscales. Así que ya sabes, si se te pasa algún
Si aun así no presentaste tu declaración en III La omisión haya sido plazo para dar cumplimiento a alguna
tiempo, entonces te encuentras expuesto subsanada por el contribuyente obligación fiscal, puedes aprovechar el
a que el SAT te emita un requerimiento con posterioridad a los diez días beneficio del cumplimiento espontáneo
para la presentación de la misma y te emi- siguientes a la presentación del establecido en el artículo 73 del Código
ta la multa correspondiente. En este caso, dictamen de los estados financieros Fiscal de la Federación, siempre y cuando,
la única forma de evitar la multa, es pre- de dicho contribuyente formulado se cumpla con la obligación, antes de que
sentar tu declaración anual de manera es- por contador público ante el Servicio el SAT te lo requiera, ya que, si lo haces
pontánea, es decir, tienes que presentar tu de Administración Tributaria, respecto después de que te lo requiere, ya no será
declaración anual antes de que el SAT te lo de aquellas contribuciones omitidas aplicable este beneficio.
requiera. De ser así, ya no se te impondrán que hubieren sido observadas en el
multas, aunque hayas dado cumplimiento dictamen. Incluso si la autoridad fiscal emite la
fuera de los plazos otorgados. Siempre que se omita el pago de multa y te la notifica con posterioridad
El cumplimiento espontáneo, tiene su fun- una contribución cuya determinación a que diste cumplimiento espontáneo a
damento legal en el artículo 73 del Código corresponda a los funcionarios o em- tu obligación, puedes solicitar la nulidad
Fiscal de la Federación, y es aplicable para pleados públicos o a los notarios o de la multa con base en el artículo 73 del
cualquier obligación en materia fiscal, ya corredores titulados, los accesorios Código Fiscal de la Federación.
sea la declaración anual, las declaraciones serán a cargo exclusivamente de
mensuales, las declaraciones informativas ellos, y los contribuyentes sólo que- Saludos amigos,
o cualquier otra obligación que tengas de darán obligados a pagar las contri- hasta el próximo artículo.
Autor: Eliel Morales Lara Título del artículo: CUMPLIMIENTO
Licenciado en Derecho por la Universidad Tecnológica de México (UNITEC), cursé la Maestría en Derecho y un Diplomado en Derecho ESPONTÁNEO
Tributario en la misma Institución Educativa. Soy especialista en investigación, consultoría y estrategia en materia tributaria. He Teléfono celular de contacto:
colaborado tanto en organismos gubernamentales como en la iniciativa privada; me desempeñe como Asesor Fiscal Integral en el 5548445219
Servicio de Administración Tributaria. Soy socio fundador de Tributópolis. Correo electrónico de contacto:
eliel.morales@tributopolis.com
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